Alimentos Sin Lactosa

En la siguiente lista paso a detallar los alimentos sin lactosa que podemos tomar y aquellos alimentos que llevan lactosa (en rojo) o que pudieran llevar lactosa. Así como aquellos aditivos alimentarios con lactosa que debemos evitar.

Alimentos con lactosa e ingredientes prohibidos

Alimentos con lactosa

  • Leche vaca, búfala, cabra, oveja, etc (mamíferos)
  • Leche humana
  • Leche en polvo
  • Leche evaporada
  • Leche condensada
  • Batidos de leche
  • Mantequilla
  • Suero de mantequilla
  • Nata
  • Nata líquida
  • Yogur
  • Queso fresco
  • Queso fermentado o curado
  • Crema de leche
  • Postres lácteos
  • Flanes
  • Natillas
  • Arroz con leche
  • Mousse
  • Helados
  • Salsa bechamel
  • Chocolate con leche

 

Ingredientes y aditivos con lactosa (ver notas 1 y 2)

  • Lactosa
  • Monohidrato de lactosa
  • Azúcar de la leche
  • Sólidos lácteos
  • Suero, suero de leche o suero lácteo (1)
  • Grasas de leche

Alimentos y productos que pueden contener lactosa

Alimentos

  • Cremas
  • Sopas
  • Panes
  • Pasteles y tartas
  • Fiambres
  • Embutidos
  • Frituras de carne
  • Pures (patata, verduras, etc)
  • Bollería: donuts, madalenas, bollos, etc
  • Galletas
  • Creps
  • Tostadas
  • Platos precocinados
  • Carnes envasadas (hamburguesas, salchichas, filetes vuelta y vuelta, solomillo congelado, etc.
  • Cereales enriquecidos
  • Aderezo de ensaladas
  • Mayonesas
  • Sorbetes de helado
  • Batidos
  • Rebozados
  • Sucedáneos de chocolate
  • Sopas instantáneas
  • Bebidas alcohólicas -fermentadas o destiladas-(2)
  • Margarina (3)
  • Aperitivos
  • Snacks
  • Barritas energéticas


Productos

  • Excipientes en Medicamentos (4)
  • Complejos vitamínicos
  • Dentífricos


Ingredientes

  • Cuajo (5)

Alimentos sin lactosa e ingredientes que se pueden consumir

Alimentos

  • Fruta natural
  • Frutos secos
  • Pescados
  • Mariscos
  • Cereales
  • Huevos
  • Miel
  • Mermelada
  • Patatas
  • Arroz
  • Pasta
  • Verduras
  • Legumbres
  • Carnes blancas y rojas (no procesadas)
  • Bebidas vegetales: soja, coco, avena, arroz, leche almendras. etc.

 

Ingredientes y aditivos de origen lácteo (6)

  • E101 Riboflavina o Lactoflavina.
  • E101A Fosfato de Riboflavina o lactoflavina.
  • E106 Fosfato de Lactoflavina.
  • E270 Ácido láctico.
  • E325 Lactato de Sodio.
  • E326 Lactato de Potasio.
  • E327 Lactato de Calcio.
  • E328 Lactato de Amonio.
  • E329 Lactato de Magnesio.
  • E585 Lactato Ferroso.
  • E415 Goma Xantana.
  • E418 Goma Gellan.
  • E472b Ésteres lácticos mono y diglicéridos ácidos grasos.
  • E575 Glucono Delta Lactona.
  • E480 Dioctil Sulfosuccinato de Sodio.
  • E481 Estearoil 2 Lactilato de Sodio.
  • E482 Estearoil 2 Lactilato Cálcico.
  • E963 Tagatosa.
  • E966 Lactitol
  • E963 Tagatosa
  • Almidón (arroz, maíz, trigo, patata)

ALÉRGENOS EN ETIQUETAJE DE PRODUCTOS ENVASADOS Y NO ENVASADOS

El Reglamento R.I.A.C. (UE) 1169/2011 (art.9c y art.18b) sobre información alimentaria ofrecida al consumidor establece que en los alimentos envasados la información sobre los alérgenos (que figuran en su anexo II y que incluyen la leche y derivados -también la lactosa-) deberá aparecer en la lista de ingredientes de los alimentos envasados de forma destacada, mediante una composición tipográfica que la diferencie claramente del resto. Por ejemplo, mediante el tipo de letra, estilo o color de fondo. Y en ausencia de una lista de ingredientes, al tratarse de un producto con ingrediente único, debe incluirse la mención «contiene» seguida de la sustancia o producto que figura en el anexo II.

También, como establece el propio Reglamento R.I.A.C. 1169/2011 (art.44) y el posterior R.D. 126/2015 (art.2) que lo desarrolla a nivel español -«Norma General relativa a la información alimentaria de los alimentos sin envasar para la venta al consumidor final…»-, deberán indicarse los alérgenos del anexo II en los alimentos no envasados:

  • Que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades.
  • Envasados en los lugares de venta a petición del comprador.
  • Envasados por los comercios al por menor para su venta inmediata en el establecimiento o establecimientos de su propiedad.
  • Los supuestos anteriores cuando son ofrecidos para la venta mediante comunicación a distancia (por ejemplo, internet).

(1) EXCEPCIONES EN LA OBLIGATORIEDAD DE INCLUSIÓN EN EL ETIQUETADO (LÁCTEOS)

El Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria ofrecida al consumidor, en su anexo II especifica las dos únicas excepciones -en el caso de los lácteos- que estan previstas en la obligatoriedad de figurar en el etiquetado de los productos alimentarios:

  • Lactitol: Derivado de la lactosa. Se utiliza como edulcorante bajo en calorías para caramelos, chicles sin azúcar, galletas, helados, alimentos bajos en caloríasn y laxantes.
  • Lactosuero: Sólo cuando se utiliza en el proceso de elaboración de bebidas destiladas alcohólicas

(3) MARGARINA

La Margarina debería ser 100% vegetal, pero en el mercado la mayoría de margarinas llevan lácteos añadidos y lo mejor es consumir sólo aquellas en las que el fabricante nos garantiza de forma explícita la ausencia de lactosa.

(2) EXCEPCIÓN EN LA OBLIGATORIEDADA DE INCLUSIÓN EN EL ETIQUETADO (BEBIDAS ALCOHÓLICAS)

Las bebdias alcohólicas se dividen por su proceso de fabricación y graduación final en alcohol en dos tipologías:

  • Bebidas fermentadas: aquellas con un grado de alcohol <15º/<15% como son el vino, cerveza, sidra, cava, etc.
  • Bebidas destiladas o espiritosas: aquellas con un grado de alcohol >15º/>15% como son la ginebra, whisky, ron, etc.


El Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información ali

El Reglamento R.I.A.C. (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria ofrecida al consumidor establece (art.16.4) que las bebidas alcohólicas que contengan más del 1,2%/1,2º en volumen de alcohol -la mayoría de bebidas alcohólicas tanto fermentadas como destiladas- están exentas de la obligación de incluir la información nutricional y la lista de ingredientes en su etiquetado por parte del fabricante. Pero sí están obligadas a especificar la presencia de alérgenos entre sus ingredientes o coadyuvantes tecnológicos presentes en el producto acabado. Las bebidas alcohólicas se dividen por su proceso de elaboración y graduación final en alcohol en dos tipologías:

· Bebidas fermentadas -aquellas con un grado de alcohol <15º/<15%- como son el vino, cerveza, sidra, cava, etc.
· Bebidas destiladas o espiritosas -aquellas con un grado de alcohol >15º/>15%- como la ginebra, whisky, ron, etc. Bebidas espirituosas.

(4) MEDICAMENTOS

Aunque los medicamentos quedan fuera de la reglamentación específica sobre alérgenos recogida en el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria ofrecida al consumidor, hay la obligación de declarar los llamados excipientes de declaración obligatoria (EDO) que la normativa irá actualizando según los avances científicos y técnicos se vayan produciendo y de acuerdo lo que establezca la Unión Europea en este sentido (art.34 del RD 1345/2007). Y es a partir de la normativa europea (Directiva 2001/83/CE) y la legislación que la integra en el ordenamiento jurídico que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios recopiló la EDO en su circular 2/2008 de “Información sobre los excipientes en el etiquetado, prospecto y ficha técnica de los medicaments de uso humano“ dónde se incluyó los siguientes azúcares como de obligada declaración: Glucosa, Fructosa, Galactosa, Lactosa, Lactitol, Maltitol, Manitol, Sacarosa, Sorbitol, Xilitol. En la industria farmacéutica la lactosa es la base de más del 20% de los fármacos de venta por prescripción y del 65% de los medicamentos de venta libre. Actualmente 808 fármacos contienen lactosa como excipiente, y es de declaración obligatoria. La lactosa como excipiente, ayuda a que el principio activo del medicamento funcione de forma estable, eficaz y segura para el paciente que lo toma. Se utiliza en comprimidos por su solubilidad y su sabor agradable, aunque también se encuentra en otras presentaciones (viales, suspensiones, inhaladores).  Fuente SEIAC 2010

Debemos tener en cuenta que un comprimido estándar contiene menos de 500mg de lactosa (0,5 gr), una pequeña cantidad pero que podría ser suficiente para provocar alguna reacción en personas hipersensibles o con alta intolerancia y más si su medicación diaria incluye más de un comprimido al día o estan polimedicados. Por lo que en estos casos se debe valorar por el médico la sustitución del fármaco con lactosa por fármacos que empleen otros excipientes.

(5) CUAJO

Fermento que encontramos en la mucosa del estómago de algunos mamíferos (cabras, corderos o vacas) y que se utiliza para cuajar la leche . La sustancia activa del cuajo es la quimosina, que añadiéndola a la leche provoca la separación de la caseína y del suero de la leche. Proceso necesario en la elaboración de cualquier queso. Aunque a día de hoy sigue produciéndose cuajo animal, la industria quesera ha encontrado maneras de producir quimosina a partir de cultivos bacterianos o a través de fermentaciones y debemos vigilar su origen y siempre preguntar al fabricante en cada caso antes de utilizarlo.

(6) CONTAMINACIÓN CRUZADA INGREDIENTES DE ORIGEN LÁCTEO

Precaución con los ingredientes y aditivos de orígen lácteo. Aunque no tienen relación con la lactosa puede existir una contaminación cruzada de lactosa al tener un mismo origen lácteo. Debemos contactar siempre con el fabricante para que nos garantice que no existe una  contaminación cruzada de lactosa y que sean aptos para los intolerantes.

NOTA SOBRE «PUEDE CONTENER TRAZAS DE LECHE» Algunos productos utilizados en la realización de las recetas de esta web indican que pueden contener trazas de leche y así lo indico en la explicación de cada una de ellas. Esto no quiere decir que lleve lactosa, pero si que existe la posibilidad de que hay sufrido una contaminación cruzada en la fábrica, y algunas personas por su alto grado de intolerancia pueden llegar a tener molestias por lo que debéis tener precaución con estas recetas si tenéis un alto nivel de intolerancia.